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Artículo 3

Decreto 265 de 1883 · Adicional al decreto 365 de 31 de mayo, orgánico de la Secretaría de Instrucción Pública

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 3°. Son deberes del Oficial-escribiente: 1.° Concurrir a la Oficina a las horas de trabajo; y 2.° Escribir lo que disponga el Jefe de la Sección, en todo lo relativo a asuntos de ésta.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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