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Artículo 1

Trasládase En El Presupuesto Nacional De Gastos Para El Año Fiscal De 1° De Enero A 31 De Diciembre De 1921, Del Ministerio De Guerra, Capítulo 432, La Suma De Cien Mil Pesos ($ 100,000), A La Siguiente Imputación: Ministerio De Guerra

Decreto 403 de 1921 · Por el cual se hace una traslación en el Presupuesto Nacional de gastos de la actual vigencia económica

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Trasládase en el Presupuesto Nacional de gastos para el año fiscal de 1° de enero a 31 de diciembre de 1921, del Ministerio de Guerra, capítulo 432, la suma de cien mil pesos ($ 100,000), a la siguiente imputación: Ministerio de Guerra. Capítulo 47. Vigencia anterior. Artículo 450. Para atender al pago de los saldos pendientes, referentes a la vigencia fiscal de 1920 $ 100,000 Total $ 100,000

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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