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Artículo 1

Ley 78 de 1941 · Por la cual se destina una partida para unas obras publicas

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Destínase la cantidad de ciento cincuenta mil pesos ($ 150.000) para auxiliar la construcción de las siguientes obras en la ciudad de Santa Marta: cincuenta mil pesos ($ 50.000) para el Bulevar de la Bahía; cincuenta mil pesos ($ 50.000) para el matadero y cincuenta mil pesos ($ 50.000) para el mercado público.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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