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Artículo 5

Ley 71 de 1948 · Por la cual se apropian unas partidas para la compra del Palacio de la Inquisición, en Cartagena: la capilla histórica de Santa Bárbara, en Neiva; se crea en Museo de la Civilización Agustiniana y de otros pueblos precolombianos, y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Nación destinará para el cumplimiento de los dos artículos anteriores la suma hasta de cien mil pesos ($100.000), que se entregarán al Instituto Arqueológico Nacional, a cuyo cuidado quedará esta iniciativa.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 71 de 1948