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Artículo 7

Ley 39 de 1945 · Por la cual se provee al pago de las indemnizaciones y reparaciones por causa de la guerra con Alemania y se dictan varias disposiciones relacionadas con bienes de ciudadanos de ese país

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En ningún caso podrán ser entregados los bienes enumerados en el artículo 1° de esta Ley, que se encuentren en administración fiduciaria, sin que antes se haya cubierto la totalidad de la cuota o porcentaje que corresponda, conforme al artículo 2°.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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