Serán en todo caso infracciones graves:
a)
El incumplimiento reiterado de órdenes e instrucciones emanadas de órgano deportivos competentes;
b)
Los actos notorios y públicos que atenten a la dignidad decoro deportivos;
c)
El ejercicio de actividades públicas o privadas declaradas incompatibles con la actividad o función deportiva desempeñada.