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Artículo 2.2.8.3.7

Acceso Y Permanencia En Programas Sociales

Decreto 1082 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del sector Administrativo de Planeación Nacional”

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Acceso y permanencia en programas sociales. De conformidad con lo señalado en el artículo 2.2.8.1.5. del presente decreto, las entidades que administran los programas sociales evaluarán y determinarán si las personas que han sido excluidas de la base de datos del Sisbén pueden acceder o continuar en un determinado programa.

Nota: A partir del 1 de julio de 2026 este artículo será derogado de conformidad con el artículo 2 del Decreto 875 de 2024.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1082 de 2015