Modifíquese el numeral 1 del artículo 4° del Decreto Ley 902 de 2017, el cual quedará así:
A rtículo 4°. Sujetos de Acceso a Tierra y Formalización a Título Gratuito
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No poseer un patrimonio neto que supere las mil trescientas sesenta y siete coma cincuenta y cuatro (1.367,54) Unidades de Valor Tributario (UVT) al momento de participar en él programa de acceso a tierras.
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