Pólizas. Para efectos de lo señalado en el artículo 69 del Decreto 356 de 1994 las escuelas de capacitación y entrenamiento en vigilancia y seguridad privada, deberán enviar fotocopia de la póliza de seguros de responsabilidad civil extracontractual, dentro de los diez (10) días siguientes a la notificación de la resolución que concede la licencia de funcionamiento.
(Decreto 2187 de 2001 artículo 46)