Artículo sexto. Divídase el funcionamiento de la Oficina de Registro de Propiedad Intelectual en tres Secciones, así: Sección Jurídica y de Registro, Sección de Información Internacional y Sección de Catalogación. Por medio de disposiciones especiales se determinarán las funciones de cada una de estas Secciones y el personal que ha de integrarlas.
Estas Secciones se irán creando a medida que el volumen de los negocios tramitados lo requiera. Del registro