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Artículo 4

Ley 46 de 1942 · Por la cual se abre un crédito al presupuesto vigente

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Hácese el siguiente contracrédito al Presupuesto de gastos vigente:

MINISTERIO DE MINAS Y PETROLEOS

Para sueldo del personal de la Sección 3°, Servicios Técnicos, en el año, así:

Parágrafo

Con base en el contracrédito anterior, hácese el siguiente crédito al Presupuesto de gastos vigente:

MINISTERIO DE MINAS Y PETROLEOS

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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