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Artículo 2

Ley 115 de 1936 · Por la cual se provee a la reconstrucción de una ciudad y se auxilian los damnificados por los siniestros sísmicos en el Departamento de Nariño

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las obras públicas que llevará a cabo el Gobierno en la ciudad de Túquerres, serán las siguientes:

Acueducto,

Alcantarillado,

Edificios para oficinas públicas nacionales,

Hospital,

Cárcel,

Dos edificios para escuelas de varones,

Dos edificios para escuelas de mujeres, y

Plaza de mercado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 115 de 1936