La oficina mantendrá como disponibilidad en Tesorería o a su orden, únicamente las sumas indispensables para cubrir los gastos normales de administración, el pago de las prestaciones inmediatas y los servicios y obligaciones de más próximo cumplimiento.
Las disponibilidades que excedan los límites máximos fijados por los reglamentos de la Oficina, deberán ser invertidas de Acuerdo con las instrucciones del Instituto y en forma que produzca utilidad o renta para la Oficina.