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Artículo 2

Decreto 2834 de 1962 · por el cual se adiciona la planta de personal del Ministerio de Educación Nacional (División de Educación Elemental y Alfabetización, Grupo de Protección Escolar).

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. Los cargos cuya creación se contempla en el artículo primero de este Decreto, y que no sean de tiempo completo, tendrán una remuneración proporcional teniendo en cuenta que la jornada de trabajo es de 8 horas diarias.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2834 de 1962