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Artículo 28

Profesores Militares Honorarios

Decreto 1300 de 1978 · Por el cual se reglamentan algunas disposiciones del Decreto 612 de 1977, reorgánico de la carrera de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Profesores Militares Honorarios. El Ministerio de Defensa, mediante Resolución, podrá nombrar como profesores honorarios a los militares y civiles que sean propuestos al efecto por el Director de la Escuela Superior de Guerra y por los Directores o Comandantes de las Escuelas de Formación y capacitación de las Fueras Militares, quienes deberán sustentar debidamente su propuesta. CAPITULO IV DEL INGRESO, FORMACIÓN Y ASCENSO DE LOS OFICIALES Y SUBOFICIALES

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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