º. Para atender exclusivamente a los gastos que ocasiones el Instituto de Fomento Industrial, el cumplimiento de las funciones que se le encomiendan por este Decreto y con el fin de que contribuya a la instalación de las plantas de lavado de carbón en los sitios que aconsejen los estudios que se lleven a cabo, y para la explotación de las minas de carbón de El Cerrejón (Departamento del Magdalena), el Gobierno aporta al capital del Instituto la suma de tres millones de pesos ($ 3.000.000) que será apropiada en el Presupuesto Nacional.
El Gobierno queda facultado para llevar a cabo las operaciones de crédito que considere necesarias para el cumplimiento del presente artículo.
El Instituto de Fomento Industrial queda facultado para comprometer contractualmente con entidades nacionales o extranjeras el aporte de capital que ha de recibir conforme a lo dispuesto por este artículo.