JurídicoESEN

Artículo 10

La Dirección Del Tesoro Nacional Se Abstendrá De Autorizar La Apertura De Cuentas Corrientes Y Depósitos De Ahorro, Cuando Exista Cualquier Evento De Incumplimiento De Los Previstos En El Artículo 8° De Este Decreto,- Por Parte De La Entidad Solicitante

Decreto 898 de 1993 · por el cual se modifican parcialmente los Decretos 2147 de 1985, 1693 y 2669 de 1991 y 662 de 1992 y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Dirección del Tesoro Nacional se abstendrá de autorizar la apertura de cuentas corrientes y depósitos de ahorro, cuando exista cualquier evento de incumplimiento de los previstos en el artículo 8° de este Decreto,- por parte de la entidad solicitante.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 898 de 1993