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Artículo 10

El Acuerdo De Ordenación De Gastos Será Aprobado Mensualmente Por El Consejo De Ministros Y Deberá Sujetarse A Los Requisitos Establecidos En El Artículo 81 Y Siguientes Del Decreto 294 De 1973

Decreto 1770 de 1975 · Por la cual se reglamenta parcialmente el decreto 294 de 1973

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El acuerdo de ordenación de gastos será aprobado mensualmente por el Consejo de Ministros y deberá sujetarse a los requisitos establecidos en el artículo 81 y siguientes del Decreto 294 de 1973.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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