Los obligados a cumplir obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias cuya codificación de la actividad económica que desarrollan cambia con ocasión de la entrada en vigencia de la presente resolución, deberán actualizarla en el Registro Único Tributario (RUT), a más tardar el 30 de junio de 2021.
En las declaraciones y sus correcciones se deberá informar el código de la actividad económica vigente en el período al cual corresponde la declaración.