JurídicoESEN

Artículo 19

En Relación Con La Actividad Que Se Reglamenta, El Ministerio De Minas Y Energía, Ejercerá Las Siguientes Funciones: A) Expedir Reglamentos Sobre El Transporte, La Distribución Y El Suministro De Gas Natural; B) Vigilar El Cumplimiento De Las Normas Sobre Transporte, Distribución Y Suministro De Gas Natural; C) Seleccionar, Previo El Trámite Establecido En Este Decreto, El Proponente, Así Como Expedir La Resolución Que Fije El Plazo Para Presentar Los Estudios Técnicos Definitivos Y Celebrar El Contrato De Concesión; D) Coordinar Con Las Diferentes Entidades Oficiales Y Particulares La Adopción De Medidas Para El Transporte, Distribución Y Suministro De Gas Natural; E) Expedir Los Reglamentos Que La Interventoría Deba Cumplir; F) Supervigilar, Directamente O A Través De La Interventoría, La Ejecución De La Obra Y El Cumplimiento Del Contrato De Concesión; G) Expedir El Reglamento De Operación Y Servicio; H) Autorizar Por Escrito Y Previamente, La Cesión Que De Las Solicitudes, Propuestas O Contratos Hagan Los Interesados

Decreto 2011 de 1986 · por el cual se reglamenta parcialmente el Decreto 1056 de 1953.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En relación con la actividad que se reglamenta, el Ministerio de Minas y Energía, ejercerá las siguientes funciones

a)

Expedir reglamentos sobre el transporte, la distribución y el suministro de gas natural;

b)

Vigilar el cumplimiento de las normas sobre transporte, distribución y suministro de gas natural;

c)

Seleccionar, previo el trámite establecido en este Decreto, el proponente, así como expedir la resolución que fije el plazo para presentar los estudios técnicos definitivos y celebrar el contrato de concesión;

d)

Coordinar con las diferentes entidades oficiales y particulares la adopción de medidas para el transporte, distribución y suministro de gas natural;

e)

Expedir los reglamentos que la Interventoría deba cumplir;

f)

Supervigilar, directamente o a través de la Interventoría, la ejecución de la obra y el cumplimiento del contrato de concesión;

g)

Expedir el reglamento de operación y servicio;

h)

Autorizar por escrito y previamente, la cesión que de las solicitudes, propuestas o contratos hagan los interesados.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2011 de 1986