Las personas de que trata el artículo 3°, presentarán los siguientes documentos
Certificado expedido por el Secretario de la Facultad respectiva, refrendado por el Decano o Rector de la misma en que conste que el interesado hizo y terminó sus estudios en Facultad oficial y que fue aprobado en los exámenes correspondientes a seis años y en el año preparatorio respectivo, anotándose la fecha en que terminó sus estudios; y
Dos declaraciones de profesores para acreditar su moral profesional.