Ábranse los siguientes créditos adicionales al presupuesto de la actual vigencia:
Artículo 211 Capitulo 38 Para atender a la construcción de los hospitales a que se refiere la presente Ley $150.000.00
Artículo 193 Capítulo 35 Para intensificar la campaña antiepidémica contra la bartonellosis en el Departamento de Nariño .$100.000.00