º. Los paquetes aeroexpresos que se despachen de Colombia para el Exterior se entregarán en los aeropuertos de salida al oficial aduanero respectivo, junto con el manifiesto especial de aeroexpresos. Verificado el reconocimiento de su contenido y la liquidación de los derechos de exportación, si hubiere lugar a ello, los paquetes se entregarán al Capitán de la nave aérea previo el pago respectivo o el otorgamiento de la fianza a satisfacción del oficial aduanero. Cuando en el reconocimiento se encontraren mercancías de prohibida exportación, éstas se retendrán y se dará el aviso del caso al Administrador de la Aduana.
El manifiesto especial de aeroexpresos para la exportación, cuando se refiere únicamente a muestras de productos o a manufacturas nacionales, estará exento del impuesto de timbre nacional.