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Artículo 1

Ley 45 de 1973 · por la cual se aprueba el "Convenio Comercial y de Pagos entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República de Polonia”. Firmado en Bogotá el 10 de noviembre de 1970.

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cuyo texto a la letra dice:

CONVENIO COMERCIAL Y DE PAGOS ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA Y EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA POPULAR DE POLONIA

El Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República Popular de Polonia, animados por el común deseo de fortalecer y fomentar las relaciones económicas y el intercambio comercial entre los dos países, de conformidad con los principios de igualdad, beneficio mutuo y dentro de las modalidades que para dicho intercambio imponen las necesidades derivadas del grado de desarrollo económico de los dos países; y teniendo en cuenta el principio del respeto a la soberanía, han convenido en lo siguiente:

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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