º. Los interesados, o quienes representen sus derechos, deberán presentar la solicitud de exención junto con las pruebas necesarias a las Secretarías de Agricultura del respectivo Departamento.
Todas las diligencias conducentes al logro de la exención prevista en este Decreto, no requerirán gestión de abogado, y la actuación se adelantará, en papel común.