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Artículo 18

Decreto 19 de 1992 · Por el cual se señalan unas funciones especificas.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Subdirección de Organismos Económicos Internacionales

1.

Dirigir y supervisar los estudios sobre las relaciones comerciales, económicas, financieras y de inversión en las áreas relacionadas con los organismos de comercio y desarrollo a su cargo.

2.

Mantener permanente coordinación con las misiones diplomáticas de Colombia ante organismos de comercio y desarrollo, y con las entidades nacionales correspondientes, para la formulación de las bases de la política de cooperación económica y comercial inherente a tales organismos.

3.

Asistir y coordinar con el Director General de Asuntos Económicos Bilaterales, la definición de la política exterior relativa a la cooperación internacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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