Esta Junta tendrá un Tesorero de libre nombramiento y remoción de ella, y fuera de las facultades de control, tendrá la de asignar la remuneración al Tesorero.
El Tesorero de la Junta está obligado a otorgar fianza de manejo, en la cuantía exigida por la Contraloría General de la República, y a rendir cuenta a la misma Contraloría.