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Artículo 22

Definiciones

Decreto 1417 de 2026 · Por el cual se adoptan medidas extraordinarias y temporales para proteger el empleo y los ingresos de las personas trabajadoras damnificadas por el sismo del 10 de agosto de 2026, en el marco de la Emergencia Económica, Social y Ecológica por grave calamidad pública en parte del territorio nacional declarado mediante el Decreto 1261 del 19 de agosto de 2026, modificado por el Decreto 1348 del 31 de agosto de 2026

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Trabajador dependiente cesante es la persona natural que obtenía ingresos como remuneración pagada en el marco de un contrato de trabajo y generaba aportes como dependiente.

Trabajador independiente cesante es la persona natural que obtenía ingresos por cuenta propia, oficio, profesión, contrato de prestación de servicios o actividad productiva, comercial o de servicios, y generaba aportes como independiente.

Persona damnificada es la individualizada en el Registro Único de Damnificados (RUD), administrado por la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD) con fundamento en el Decreto 1171 de 2026 Y en los actos administrativos y protocolos que regulen su conformación, actualización y consulta; y Aporte válido es el pago verificable realizado a una Caja de Compensación Familiar y registrado en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA).

Registro de Beneficiarios será el registro que cada caja tendrá habilitado para recibir postulaciones y hacer seguimiento al estado y gestión de las mismas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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