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Artículo 16

Decreto 452 de 1886 · Por el cual se establece un impuesto sobre el degüello de ganado mayor

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 16. El mismo Administrador fijará la asignación eventual de que deben disfrutarla los Recaudadores locales, y dará cuenta á la Secretaría de Hacienda para su aprobación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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