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Artículo 11

El Instituto Nacional De Fomento Municipal Continuará Celebrando Los Contratos De Obras De Fomento Municipal Y De Servicio Público Que Trata El Decreto Número 0079 De 1955, Las Ordenadas Por El Señor Presidente De La República Con Exilios Especiales, Y Todas Aquellas Que Impliquen Cumplimiento De Compromisos Contraídos Con Anterioridad A La Expedición De Los Decretos Citados

Decreto 1404 de 1955 · Por el cual se reglamentan los Decretos números 2838 y 3699 de 1954, 0078 y 0079 de 1955

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Instituto Nacional de Fomento Municipal continuará celebrando los contratos de obras de fomento municipal y de servicio público que trata el Decreto número 0079 de 1955, las ordenadas Por el señor Presidente de la República con exilios especiales, y todas aquellas que impliquen cumplimiento de compromisos contraídos con anterioridad a la expedición de los Decretos citados.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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