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Artículo 1

Denominase "profesores Policiales", Los Oficiales Y Suboficiales De La Policía Nacional Que Previo El Lleno De Los Requisitos Exigidos En Este Decreto, Sean Escalafonados Como Tales Para Ejercer La Docencia De Los Institutos De Formación, Capacitación Y Especialización De Oficiales, Suboficiales, Agentes Y Personal Civil De La Institución

Decreto 619 de 1975 · Por el cual se reglamenta el artículo 168 del Decreto 2338 de 1971

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Denominase "Profesores Policiales", los Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional que previo el lleno de los requisitos exigidos en este Decreto, sean escalafonados como tales para ejercer la docencia de los Institutos de Formación, Capacitación y Especialización de Oficiales, Suboficiales, Agentes y Personal Civil de la Institución.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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