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Artículo 1

º

Decreto 1088 de 1996 · por el cual se establece una medida de salvaguardia.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Aplicar una medida de salvaguardia provisional en la forma de un gravamen arancelario de 15%, a las importaciones de madera contrachapada, madera chapada y madera estratificada similar, clasificadas por la partida 44.12 del Arancel de Aduanas, originarias de Bolivia, Ecuador y Venezuela.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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