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Artículo 5

Decreto 884 de 1971 · Por el cual se reglamenta el parágrafo del artículo 4º de la Ley 7ª de 1967

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Este Decreto rige a partir de la fecha de expedición y deroga todas ls disposiciones que le sean contrarias. Cópiese, Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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