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Artículo 6

O

Decreto 3120 de 1968 · Por el cual se adiciona el Decreto 2420 de 1968

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 6o. El artículo 45 quedará así: ARTICULO 45 . DELEGACION DE FUNCIONES. El Instituto de Mercadeo Agropecuario, IDEMA, podrá delegar en organismos especializados, inclusive en las Comisiones de Mercadeo Exterior de que trata el artículo 47 , la función de organización, manejo y promoción del mercado nacional e internacional de los productos agropecuarios. La Federación Nacional de Cafeteros continuará ejerciendo las actividades relacionadas con el mercado nacional e internacional del café.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3120 de 1968