Calidad del evaluador . Toda evaluación será elaborada por un oficial o suboficial de la Policía Nacional, en actividad. Cuando el personal de la Policía Nacional preste sus servicios en dependencias o reparticiones cuyo jefe o superior sea un funcionario civil, se procederá conforme con lo prescrito en los artículos 34 y 35 del presente Reglamento.
Ningún oficial o suboficial podrá evaluar o conceptuar a otro de mayor antigüedad.