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Artículo 30

Decreto 2550 de 2010 · Por el cual se regula la aplicación de derechos "antidumping".

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Conocimiento de la solicitud por parte de los productores extranjeros, exportadores y autoridades del país exportador . Dentro de los 7 días siguientes a la publicación de la resolución de apertura de la investigación la autoridad investigadora pondrá a disposición de los productores extranjeros, de los exportadores, de las autoridades del país exportador, y de otras partes interesadas que lo soliciten, el texto de la solicitud presentada por los peticionarios teniendo en cuenta lo prescrito en cuanto a la reserva de la información confidencial.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2550 de 2010