º. El porcentaje de personal técnico colombiano en las producciones cinematográficas nacionales se acreditará con la participación de al menos dos (2) de las siguientes personas
Sonidista;
Camarógrafo;
Asistente de Cámara;
Luminotécnico;
Script;
Mezclador;
Maquillador;
Vestuarista;
Ambientador;
Casting.