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Artículo 1

Ley 100 de 1937 · Por la cual se asocia la Nación a la celebración del cincuentenario de la fundación de la Sociedad Colombiana de Ingenieros

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La República celebra como acontecimiento meritorio y digno de encomio el cumplimiento del quincuagésimo año de labores ininterrumpidas de la Sociedad Colombiana de Ingenieros, sucedido el 29 de mayo último, y se asocia a los homenajes que la corporación rinde a la memoria de sus fundadores.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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