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Artículo 2

El Sueldo Que Corresponde A Los Visitadores De Que Trata El Decreto Número 585 Del Presente Año, Será De Doscientos Pesos, Más Los Aumentos A Que Haya Lugar, De Conformidad Con Las Disposiciones De Las Leyes 13 Y 32 De 1925, Y No De Doscientos Diez Pesos

Decreto 646 de 1925 · Por el cual se modifica el Decreto número 585 del presente año, por el cual se divide el territorio del país en cinco Circunscripciones Postales

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El sueldo que corresponde a los Visitadores de que trata el Decreto número 585 del presente año, será de doscientos pesos, más los aumentos a que haya lugar, de conformidad con las disposiciones de las leyes 13 y 32 de 1925, y no de doscientos diez pesos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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