JurídicoESEN

Artículo 1

Ley 5 de 1914 · de créditos adicionales al Presupuesto de gastos de 1914

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de gastos de la vigencia económica de 1914:

Congreso-Personal.

Cámara del Senado.

Parágrafo

Dietas de treinta y cinco Senadores, hasta en treinta y un días de sesiones extraordinarias, a $ 10 diarios. $ 10.850.

Parágrafo

Sueldos del Secretario, a $ 300 mensuales; de dos Secretarios Auxiliares, a $ 250 cada uno; del Director de Anales, a $ 200; del Corrector de pruebas, a $ 150; del Ayudante del Director de Anales, a $ 140; y del Habilitado; a $ 150. en un mes de sesiones extraordinarias, y otro más para el arreglo del archivo. $ 2.880.

Sueldos de los Oficiales Mayores, Oficiales primeros, y Escribientes. en un mes de sesiones extraordinarias, según la Ley 7 de 1909 , y de los nombrados en las presentes sesiones, $ 7,660.

Sueldos de los Taquígrafos y Relatores, en un mes de sesiones extraordinarias, $ 600.

Sueldos de los Porteros y Carteros- en un mes de sesiones extraordinarias, según la Ley 7 de 1909 , y los nombrados en las presentes sesiones, $ 780.

Parágrafo

Para dar cumplimiento al artículo 2.a de la Ley 7.a de 1909, en lo que se refiere a Oficiales Mayores, Oficiales primeros, Escribientes, Relatores, Taquígrafos y Porteros, $ 1,880.

Sueldos de los Cuestores y Comisarios del Cuerpo de Policía, en un mes de sesiones extraordinarias. según la Ley 7.a de 1909. y de los nombrados en las presentes sesiones. $ 4,200.

Gastos de representación y viáticos.

Parágrafo

Gastos de representación y viáticos para los miembros del Congreso, calculados desde las cabeceras de las Circunscripciones Electorales en que sean elegidos, de venida y regreso, así: a los Senadores de la Circunscripción Electoral del Cauca, a 300 cada uno; a los de las de Antioquia, Bolívar y Santander. $ 250 cada uno, y a los de las de Boyacá y Tolima, a $ 150 cada uno. Gastos de representación de los Senadores residentes en la capital de la República, a $ 80 cada uno. Un Senador del Cauca, residente en Pasto tiene los mismos viáticos de los Representantes de la Circunscripción Electoral de Pasto, $ 7.550.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 5 de 1914