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Artículo 39

Decreto 466 de 1964 · Por el cual se aprueba, con modificaciones y adiciones, el Acuerdo número 1 de 1963 (enero 30), del Consejo Intendencial de Arauca, sobre reglamento para el funcionamiento interno del Consejo

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Llamada la lista y presentadas las excusas, el Presidente, si hubiere quorum, declarará abierta 1a sesión con esta fórmula: "Abrese la sesión'' Si no hubiere quorum, hará que se llame sin tardar a quien pudiere asistir, Si transcurrida una hora, y aún no hubiere: quorum; los que hayan concurrido podrán retirarse.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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