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Artículo 83

Para Adelantar Trabajos De Exploración Sísmica En Las Playas Marítimas, En El Mar Territorial, En La Plataforma Continental Submarina O En El Talud Continental, Se Requiere Permiso De La Autoridad Competente Previo Concepto Favorable Del Ministerio De Minas Y Energía Y De Las Autoridades Ambientales

Decreto 2222 de 1993 · por el cual se expide el Reglamento de Higiene y Seguridad en las Labores Mineras a Cielo Abierto.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para adelantar trabajos de exploración sísmica en las playas marítimas, en el mar territorial, en la plataforma continental submarina o en el talud continental, se requiere permiso de la autoridad competente previo concepto favorable del Ministerio de Minas y Energía y de las autoridades ambientales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2222 de 1993