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Artículo 21

El Valor De Las Multas Señaladas En El Decreto 1449 De 1939 Ingresarán Al Tesoro Nacional, Al Departamental O Al Municipal, Respectivamente, Según Que La Sanción Haya Sido Impuesta Por Autoridad Nacional, Departamental O Municipal

Decreto 1308 de 1940 · Por el cual se adiciona y aclara el Decreto 1449 de 1939

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El valor de las multas señaladas en el Decreto 1449 de 1939 ingresarán al Tesoro Nacional, al Departamental o al Municipal, respectivamente, según que la sanción haya sido impuesta por autoridad nacional, departamental o municipal.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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