°. El propietario del local donde se jueguen juegos prohibidos, la primera vez que se descubran será percibido por la autoridad, y por cada una de las veces siguientes pagara una multa de doscientos pesos oro, que se tomara de los arrendamientos de la casa, si no la consignare de contado.
Las multas podrán convertirse en arresto a razón de un día por cada dos pesos.