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Artículo 28

Los Particulares No Pueden Permanecer En Las Oficinas Sino El Tiempo Indispensable Para Obtener Datos, Entregar Documentos Ú Obtener La Devolución De Éstos

Decreto 815 de 1910 · Por el cual se reglamenta el Ministerio de Guerra

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los particulares no pueden permanecer en las Oficinas sino el tiempo indispensable para obtener datos, entregar documentos ú obtener la devolución de éstos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 815 de 1910