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Artículo 3

Ley 2340 de 2023 · por la cual se declara como patrimonio cultural de la nación el Cartagena Festival de Música y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Teniendo en consideración el valor patrimonial del Cartagena Festival de Música se autoriza a la nación, por intermedio de los ministerios de Cultura, de Educación y demás entidades competentes, así como a los gobiernos distrital y departamental, para la realización de asignaciones presupuestales con las siguientes finalidades: Establecimiento permanente de una Cátedra Salvi de Lutería de instrumentos sinfónicos y tradicionales en diferentes ciudades del país, en asocio con entidades educativas. Consolidación de la Orquesta Sinfónica del Departamento de Bolívar. Conservación, restauración o dotación de escenarios en los cuales se lleve a cabo el Cartagena Festival de Música. Asignación de Bono Cultura que apoye la financiación del ac­ceso de las poblaciones de menores recursos a la oferta mu­sical del Cartagena Festival de Música y a otras actividades culturales. Establecer a iniciativa de los particulares interesados, capítu­los del Cartagena Festival de Música bajo el mismo formato en otras ciudades del país y con el nombre que identifique a cada ciudad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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