El Gobierno nacional reglamentará lo referente a:
1.
Los mecanismos de entrega de los subsidios al productor.
2.
El rol del administrador del Fondo de Estabilización de Precios del Café como certificador de la producción y del productor.
3.
Las obligaciones correspondientes al productor en caso tal de tratarse de comercialización al interior del país o de exportaciones.