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Artículo 12

Funciones De La Secretaría General

Decreto 787 de 2015 · por el cual se establecen las funciones de la estructura interna de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones de la Secretaría General. Son funciones de la Secretaría General, las siguientes

1.

Asesorar a la Dirección General en la formulación de políticas, planes y programas, en lo referente al desarrollo del talento humano, y en la administración de los recursos financieros, económicos y físicos de la Agencia y del Fondo Nacional de Seguridad Vial.

2.

Dirigir, coordinar y hacer seguimiento a la planeación, ejecución y control de la gestión administrativa y financiera de la Agencia y del Fondo Nacional de Seguridad Vial.

3.

Dirigir el desarrollo de los programas de administración de personal, bienestar social, seguridad industrial, salud ocupacional, selección, vinculación, capacitación, incentivos y desarrollo del talento humano de la Agencia, de conformidad con las políticas institucionales y la normativa vigente.

4.

Dirigir, coordinar, controlar y evaluar las actividades relacionadas con la adquisición, almacenamiento, custodia, distribución e inventario de los elementos, equipos y demás bienes y servicios necesarios para el funcionamiento de la Agencia, de conformidad con las normas vigentes sobre la materia.

5.

Administrar los bienes muebles e inmuebles de la Agencia.

6.

Coordinar a la Oficina de Planeación y bajo los lineamientos de la Dirección General, junto con las demás dependencias de la Agencia, el anteproyecto de presupuesto y el programa anual mensualizado de caja, PAC, que deba adoptar la entidad y adelantar las acciones requeridas para su incorporación en el Presupuesto General de la Nación.

7.

Preparar y presentar los estados financieros, informes de ejecución presupuestal y evaluación financiera de la Agencia y los demás informes y análisis financieros que sean solicitados a la Entidad.

8.

Elaborar y actualizar periódicamente el reglamento de operación del Fondo Nacional de Seguridad Vial, de conformidad con las políticas y directrices del Consejo Directivo y el Director General de la Agencia.

9.

Planificar, dirigir y coordinar los procesos de contratación y suscripción de convenios que requiera la Agencia y el Fondo Nacional de Seguridad Vial.

10.

Organizar y coordinar la prestación de los servicios generales y demás que se requieran para el normal funcionamiento de la Agencia.

11.

Dirigir la identificación, el diseño y la implementación de soluciones tecnológicas acordes con las necesidades de la Agencia y velar por la operación, funcionalidad y seguridad de la información sistematizada.

12.

Coordinar las actividades de control interno disciplinario para el cumplimiento de lo señalado en la Ley 734 de 2002 y las normas que la modifiquen o adicionen y resolverlas en primera instancia.

13.

Coordinar, supervisar y controlar el sistema de gestión documental de la Agencia.

14.

Velar por la debida prestación del servicio al ciudadano y por la atención de quejas y reclamos que presenten los ciudadanos sobre el desempeño de las dependencias o personas que laboran en la Agencia.

15.

Liderar la debida aplicación del Sistema de Desarrollo Administrativo relacionado con las políticas, estrategias, metodologías, técnicas y mecanismos de carácter administrativo y organizacional, al interior de la Agencia.

16.

Ejercer las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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