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Artículo 1

Señálense Las Siguientes Partidas Máximas De Dinero Para La Atención Médica Y Drogas A Los Suboficiales Y Marineros De La Fuerzas Militares En Goce De Asignación De Retiro O De Pensión Y Allí Donde Hubiere Guarnición Militar, Así Como Para La Esposa, Hijos Menores Y Los Padres Cuando Dependan Económicamente; Por Consulta Médica, Laboratorio, Rayos X Y Drogas, En Cada Caso De Enfermedad, Hasta

Decreto 2274 de 1965 · Por el cual se reglamenta el artículo 104 del Decreto legislativo número 501 de 1955

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Señálense las siguientes partidas máximas de dinero para la atención médica y drogas a los Suboficiales y Marineros de la Fuerzas Militares en goce de asignación de retiro o de pensión y allí donde hubiere guarnición militar, así como para la esposa, hijos menores y los padres cuando dependan económicamente; Por consulta médica, laboratorio, rayos X y Drogas, en cada caso de enfermedad, hasta .$500.000

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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