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Artículo 34

El Convenio Andrés Bello De Integración Educativa, Científica Y Cultural De Los Países De La Región Andina Suscrito El 31 De Enero De 1970, Quedará Derogado A La Entrada En Vigor Del Presente Convenio, Pasando Automáticamente A La Organización Todos Los Bienes, Derechos Y Obligaciones Adquiridas En Virtud De Aquel

Decreto 83 de 1996 · por el cual se promulga la "Organización del Convenio Andrés Bello de Integración Educativa, Científica, Tecnológica y Cultural" hecho en Madrid el 27 de noviembre de 1990.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Convenio Andrés Bello de Integración Educativa, Científica y Cultural de los Países de la Región Andina suscrito el 31 de enero de 1970, quedará derogado a la entrada en vigor del presente Convenio, pasando automáticamente a la Organización todos los bienes, derechos y obligaciones adquiridas en virtud de aquel.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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